Se Decretó: Primero: Declara Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Ricardo Páez en contra de la sentencia dictada en fecha 09 de Febrero de 2006, por el Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal. Segundo: Se Anula la pena impuesta a los acusados por el Tribunal supra señalado y de Oficio Rectifica la pena impuesta a los acusados: Carlos David Iriarte Márquez y Keny Alexander Nieto Córdova y se condena, al primero de lo nombrado a cumplir la pena de Trece (13) años de presidio y al segundo de lo nombrado a cumplir la pena de Nueve (9) años de presidio, por la comisión de los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor. Tercero: En cuanto al imputado Yilber Ramón Linarez, el cual fue condenado por su participación como cómplice en grado de facilitador, queda con la misma pena, en el sentido de que no se le puede perjudicar, en virtud de lo establecido en el artículo 438 procesal.