DECRETA: PRIMERO: Se Admite Totalmente la Acusación Presentada por la Fiscalía del Ministerio Público, representada por la Abg. Rafael Izarra, contra los acusados: ALBERTO MARIO LOPEZ GOMEZ Y KEVIN ALEXIS AGUIRRE SIERRA, ya identificado; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADSO, LESIONES INTENCIONALES SIMPLES, ACTOS LASCIVOS, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD Y ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previstos y sancionados en los artículos 460, 415, 377 , 175 segundo aparte del Código Penal y articulos 5 y 6 de la Ley Contra el hurto y Robo de Vehículos Automotores; se declara sin lugar la solicitud de la defensa que se le acuerde al acusado el Sobreseimiento de la Causa. SEGUNDO: Se declara la pertinencia y necesidad de las pruebas ofrecidas por la Fiscalia del Ministerio Público para el juicio oral por considerar que las mismas son lícitas y necesarias para el establecimiento de la verdadde los hechos. TERCERO: Decreta: AUTO DE APERTURA A JUICIO a los acusados, ALBERTO MARIO .....