DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA AUTÓNOMA PROVISIONAL DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, sobre el predio denominado "AGROPECUARIA LA PROSPERIDAD", ubicado en el sector Puente de Hierro Reserva Forestal Ticoporo Unidad I Parroquia Ticoporo Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, cuyos linderos particulares son: Norte: Con mejoras de Ramiro Casares y mejoras de Rosa Angélica Rivera , Sur: Con mejoras de Lina Rosa Pérez Araque; Este: Con vía de penetración y Oeste: Con mejoras de José Leonardo García y con mejoras de Orlando Guerrero y coordenadas UTM E-317636 Y N-892475, con una extensión.....