DECLARA HOMOLOGADA LA TRASACCION, hecho por la parte demandada en el presente juicio, en consecuencia ofíciese al Registrador Subalterno de los Municipios Autónomos Pedraza Y Sucre del Estado Barinas lo conducente y archívese el expediente.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los veintidós días del mes de julio de dos mil cinco. Años: 194° de la Independencia y 146° de la Federación.
La Juez Temporal,
(fdo)
Abg. Yriana Díaz Peña.
La Secretaria,
(fdo)
Abg. Mercedes Santiago.
En la misma fecha siendo las 9:30 a.m., se publicó y registró la anterior sentencia y se libro oficio. Conste,
(fdo)
Scría.