En este estado toma la palabra la ciudadana Juez, quien establece que vista la consignación realizada por el ejecutadoy la voluntad del trabajador de recibir la cantidad consignada, se suspende la medida de embargo, seguidamente la Juez establece que las partes han llegado a un acto CONCILIATORIO por lo que al ser un acuerdo entre las partes que no viola normas de orden público, se le imparte la respectiva HOMOLOGACIÓN por este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Barinas. En este mismo acto se hace entrega del cheque mencionado agregándose a la presente acta copia simple del cheque entregado. No habiendo otra actuación que practicar este Juzgado se retira del lugar y retorna a su sede natural, siendo las 11.50a.m. Se imprime tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a los mismos efectos Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
ABG. ZOR VIRGINIA VALERO
Parte Demandante .....