D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: Primero: Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Saiz Rafael Mitilo, en su condición de Defensor Privado del acusado Daniel José Escobar Depablos. Segundo: Como corolario de la decisión que antecede se anula la Sentencia Definitiva dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 14 de Enero de 2015 y publicada en fecha 06 de abril de 2015 por falta de motivación, mediante la cual condenó mediante la cual condenó al ciudadano Daniel José Escobar Depablos a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley conforme al artículo 16 del Código Penal Venezolano por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALID.....