PRIMERO: Se declara CON LUGAR la tacha de falsedad por vía incidental contra documento público propuesta por la tercera opositora ciudadana Anny Raquel Vela Ramírez, con ocasión de la incidencia de oposición al embargo por ella formulada en el juicio de cobro de bolívares por intimación intentado por el ciudadano Cipriano Ramón Hernández Martínez, contra la ciudadana Isabel Cristina Pérez Frías, todos ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara FALSO el contenido del documento autenticado por ante la Notaría Pública Primera del estado Barinas, durante el año 2004, del Tomo 160, del libro de autenticaciones Principal, el inserto bajo el N° 37, cursante a los folios 81 y 82 del señalado libro, y en consecuencia se ordena la cancelación o anulación total del documento público precedentemente señalado.
TERCERO: Se declara CON LUGAR la oposición al embargo formulada por la tercera opositora ciudadana Anny Raquel Vela Ramírez, ya identificada.
CUARTO:.....