Los penados:
o Podrán solicitar el Beneficio de Destacamento de Trabajo cumplido (1/4) de la Pena en fecha 15/12/2005.
o Podrán solicitar el Beneficio de Establecimiento Abierto cumplido (1/3) de la Pena en fecha 07/03/2006.
o Podrán solicitar la Libertad condicional cumplido (2/3) de la Pena en fecha 07/02/2007.
o Podrán solicitar el Confinamiento cumplido (3/4) de la Pena en fecha 29/04/2007.