En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Cuarto Agrario, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara competente para conocer de la presente causa al Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial.