DISPOSITIVA.
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 04, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Califica la Aprehensión del Imputado como flagrante de conformidad con lo establecido en el art. 248 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: se comparte la precalificación jurídica señalada por la Fiscalia del Ministerio Publico en cuanto al delito de: SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el art. 239 del Código Penal Venezolano. TERCERO: se acuerda la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de libertad, conforme a lo establecido en el art. 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: Presentaciones cada ocho (08) días por ante la oficina de atención al publico de este circuito judicial penal del imputado: JAVIER JOSE ROMERO FRANCO, venezolano, de 24 años de edad, nacido el 10/.....