En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en vista de la no comparecencia de las parte al Segundo Acto Conciliatorio y de conformidad con la norma anteriormente expuesta declara EXTINGUIDO el juicio que por DIVORCIO siguió ante este Despacho la ciudadana ERIKA CRISTINA NUÑEZ FERNANDEZ contra el ciudadano NELIO JOSÉ FERRER AVILA, ambos debidamente identificados, la cual fue admitida cuanto ha lugar en derecho en fecha 19 de Enero de 2017 y mantiene en todo su vigor el matrimonio celebrado por dichos ciudadanos el día veintiséis (26) de Septiembre de 2014, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Juana de Ávila del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según consta del acta de matrimonio No. 248, que corre inserta en las actas en los folios 02 y 03, del presente expediente. ASÍ SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en .....