DECISIÓN
En conclusión, con fundamento en los razonamientos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley HOMOLOGA la partición amigable de bienes, peticionada por los ciudadanos GERSON CONTRERAS RAMIREZ y LISBEY KARINA ARAQUE CRIOLLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.575.915, V-17.724.049 respectivamente.
Documento también suficiente a los fines de su posterior protocolización e inscripción en la Oficina del Registro Público que competa.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.