ORDEN DE APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO
Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal al Acusado GERARDO DE JESUS PERNIA MOLINA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-4.957.351, natural de Canagua estado Mérida, de 55 años de edad, nacido el 18-10-51, profesión u oficio repartidor a domicilio de mercados "Mercal", estado civil casado, hijo de José Pernia (f) y Ramona de Pernia (f), residenciado en el Barrio el Hospital, carrera 04 y 05, con calle 31, casa S/N, de color rosada, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 405, del Código Penal en perjuicio del ciudadano quien en vida respondiera por el nombre de Pedro Yoan Peña Barreto.
Se mantiene la medida de privación preventiva de libertad del acusado en el Internado Judicial del estado Barinas.
Se emplaza a la partes p.....