Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con Lugar la Solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención, interpuesta en fecha 02 de Octubre de 2.013, por la Ciudadana: María del Carmen Vergara Berrio, y en consecuencia, fija la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 700,oo) mensuales, que se ordenan cancelar al demandado en autos, a partir del presente mes de Noviembre del año 2.013, en beneficio de su hija: Alanis Marian Peña Vergara; y las Bonificaciones Especiales en los meses de Agosto para la compra de útiles y uniformes escolares, adicionales a la Obligación del mes; y Diciembre de cada año para cubrir gastos estrenos navideños, adicionales a la obligación de ese mismo mes, este Juzgado acuerda fijar las cantidades de.....