En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, formulado por el Abogado en ejercicio, por el Abogado en ejercicio, JIMMY ARGENIS CARRERO CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.595, actuando como Apoderado Judicial de la ciudadana EDDIMAR COROMOTO VARGAS CAÑIZALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.400.616; tal como se evidencia del poder Apud-acta, que corre inserto en el presente expediente al folio (32).
Téngase esta decisión como sentencia definitivamente firme y con plena autoridad de cosa Juzgada.
Asimismo, se ordena la devolución de los originales que reposan en la caja de seguridad de este Tribunal, y los que acompaño con el escrito libelar que están inserto a .....