En mérito de las motivaciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de reconocimiento de unión concubinaria intentada por la ciudadana Xiomara Beatriz Segovia Vásquez en contra del ciudadano Gonzalo Hidalgo Gil, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara que entre la ciudadana Xiomara Beatriz Segovia Vásquez y Gonzalo Hidalgo Gil, existió una unión concubinaria durante el periodo comprendido desde el mes de Septiembre de 2.006, hasta el mes de Junio de 2.009.
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas del presente juicio con fundamento en lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No s.....