Este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando por comisión en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara provisionalmente Embargados los bienes anteriormente señalados y valorados por el Perito Avaluador y los deja en este acto en Posesión del representante de la Depositaría Judicial para su Guarda y Custodia, quién manifiesta recibirlos conforme….el ciudadano JAQUES CORTESI LEMOAL...titular de la cédula de identidad 5.018.896, en su carácter de accionista y Co-Director de la Empresa “Urbanismo y Maquinaria Compañía Anónima URMACA”...en Representación de la Empresa “URMACA”, antes identificada propongo a la Parte Ejecutante en la presente medida, que los bienes embargados Preventivamente sean dejados bajo mí Guarda y Custodia, exactamente en el sitio donde se encuentra constituido el Tribunal, señalado al inicio de la presente acta. conviene en paga.....