PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Ángela Rosa Corrales Camuan y Frank Enrique Vásquez Román, supra identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, en fecha veinticuatro (24) de diciembre del año 1.998, por ante el Registro Civil de Mantecal, del Municipio Muñoz del Estado Apure.