Este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas se declara incompetente, por lo que plantea un conflicto negativo de competencia y remite el expediente al Juzgado Superior de la Coordinación Laboral de la circunscripción judicial del Estado Barinas a los fines de que se pronuncie sobre el conflicto planteado y el procedimiento por el cual se debe ventilar el recurso de invalidación objeto del presente conflicto. Líbrese oficio y remítase el presente expediente al Juzgado Superior de la Coordinación Laboral del Estado Barinas para su pronunciamiento.