DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Unipersonal de Juicio No 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al acusado JOSE WLADIMIR BERRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 21.550.723, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 14-06-1986, natural de Barinas Estado Barinas, soltero, ocupación obrero, residenciado en el Barrio Corralito tres calle 14 con avenida tres, casa No 25-437 Estado Barinas, a cumplir la pena Dos (02) años, Tres (03) meses de prisión de mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Se .....