De la decisión
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano José Martín Esquerra Carmona, titular de la cédula de identidad número V.-15.669.948 en contra de la Asociación Cooperativa Seguridad 2050 R.L., y en consecuencia, se condena a la demandada al pago de la cantidad de once mil seiscientos sesenta y cuatro bolívares con catorce céntimos (Bs. 11.664,14). Y así se decide.
Dada la anterior declaratoria, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del fallo.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas, a los veintitrés días del mes de mayo d.....