En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO formulada por la ciudadana CLARA RUTH CASTIBLANCO DE MONASTERIOS, contra el ciudadano HÉCTOR ALEXANDER MONASTERIOS, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Corazón de Jesús, del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 23-05-1.988, la cual esta asentada bajo el Acta de Matrimonio Nº 134. Y ASI SE DECIDE.-