En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio por Desafecto, presentado por los ciudadanos: ENRI JOSÉ SUPERLANO PATIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.262.206, teléfono 0426-4731797, 0416-5258462, correo electrónico enrisuperlano55@gmail.com, y CARMEN ESPERANZA MALDONADO LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.130.425, teléfono 0412-4120107, correo electrónico esperanza151914@gmail.com, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio ORLANDO JOSÉ TOLEDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 139.486, teléfono 0416-9150731, correo electrónico orlandojosetoledo@gmail.com. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior s.....