En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: Primero: Como flagrante la aprehensión del ciudadano Nelson Yovani Angarita Blanco, venezolano, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.554.145, de profesión u oficio comerciante, natural de Barinas, Estado Barinas, nacido el día 26-09-75, de estado civil soltero, quien es hijo de Román Angarita ( v) y Celia Antonia Blanco (v), residenciado en el Barrio 19 de Abril, calle José Félix Rivas, casa Nº 85, Nº 0273-5324632, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Vehiculo Proveniente del delito de Robo, previsto y sancionado en el artículo 09 de la ley sobre el hurto y Robo de vehiculo automotor en perjuicio del Estado Venezolano. Segundo: No se acuerda la medida de privación preventiva de .....