En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por desafecto, formulada por la ciudadana: LAURA NAILETH NUÑEZ CAMEJO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-20.484.141, contra el ciudadano: DEIVIS JOSÉ LANDER, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-19.685.103, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil y por Jurisprudencia de carácter vinculante proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nros. 446, 693 y 1.070 de fechas 15/05/2014, 02/06/2015 y 09/12/2016; en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante el Registro Civil de la parroquia Santa Teresa, Municipio Autónomo In.....