Así las cosas al momento de la estimación de la demanda en trescientos nueve mil bolívares (Bs.309.000,00), dicha cantidad excede tres mil veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor para el día de la presentación de la demanda como lo es el 11 de octubre de 2022, de la cantidad antes calculada –(Bs.27.220,45)- encontrándose cumplido el requisito concerniente al acceso en razón de la cuantía del recurso extraordinario de casación. Así se declara.
Ante lo anteriormente establecido, y cumplido como se encuentra los requisitos para acceder al recuso extraordinario de casación, en consecuencia, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE dicho recurso extraordinario. En consecuencia, se acuerda remitir con oficio el presente expediente al Tribunal S.....