Acto seguido el Tribunal, encontrándose en el sitio señalado por la parte actora, ya identificado, procedió a notificar a una ciudadana que se encontraba presente en el sitio donde está constituido el Tribunal y dijo ser y llamarse: MARIBEL ROMERO, titular de la cédula de identidad número V- 24.527.362, manifestando que ella le trabajaba al ciudadano: JAIRO RIVAS RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V -9.324.307, dueño de la mercancía existente en el local, quien permitió el libre acceso al inmueble señalado en el Despacho de comisión, y a su vez lo notificó vía telefónica a dicho ciudadano, quien hizo acto de presencia habiendo transcurrido una hora de espera, el Tribunal previa lectura del Despacho de Comisión le notifico de su misión. Acto seguido Solicito el derecho de palabra el ciudadano: JAIRO RIVAS RIVAS, anteriormente identificado, y concedido que le fue expuso: "yo estoy en posesión de este local porque el ciudadano Erbis José Aguilar, él demandado, me vendió la .....