DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano abogado Johny Flores, en su condición de defensor privado del ciudadano Hender Zambrano Joyo, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE por causal sobrevenida la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano abogado Johny Flores, en su condición de defensor privado del ciudadano Hender Zambrano Joyo, contra el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 06 del Circuito Judicial Pena.....