CAPÍTULO VII
DISPOSITIVA
Este Tribunal de Control N° 02, por todas las razones anteriormente expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Primero: Admite Totalmente la Acusación presentada, así como los medios de prueba explanados por la representación fiscal, por ser útiles y necesarios, además de cumplir con lo dispuesto en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Admite el Procedimiento por Admisión de Hechos realizado en Sala por ser procedente y en consecuencia CONDENA al ciudadano Ronald Alexander Figuera Hernández, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 19.068.138, de 18 años de edad, nacido en fecha 05/01/1986, natural de Caracas, residenciado en Barrio el Infiernito, Calle Bolívar, Casa S/N°, cerca del pool que está en la calle Bolívar, Barinas, de profesión u oficio Indefinida, hijo de Miriam Josefina López (V) y José Rafael Figuera Hernández (V), a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRESIDI.....