En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo tanto del Nuevo Régimen Procesal como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto contra la decisión dictada por Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, de fecha 23 de septiembre de 2.005, por el abogado ELIBANIO UZCATEGUI, apoderado de la parte actora.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, de fecha 16 de septiembre de 2.005.
TERCERO: No se condena en costas del recurso a la parte demandante, ya que de las actas se desprende que el trabajado.....