En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara CON LUGAR y en consecuencia fija la cantidad de: DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo), mensuales, equivalente al CUARENTA Y TRES POR CIENTO ( 43%) del salario mínimo actual decretado por el Gobierno Nacional, que deberá suministrar el Ciudadano: Elio Javier Villanueva Alarcón, a partir del mes de febrero del presente año. Así se decide.-
Igualmente en la oportunidad del pago de la bonificación especial por concepto de uniformes y útiles escolares, vestido y regalos de navidad, correspondiente en los meses de agosto y diciembre, el demandado alimentario deberá suministrar el doble de la cantidad acordada por concepto de obligación alimentaria, es decir, la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 400.000, oo), en beneficio de su hija: Ángela Gabr.....