DECISIÓN.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por el territorio para conocer de la presente solicitud de Divorcio 185-A formulada por los Ciudadanos JESUS CORNELIO PEREZ PEREZ y MIREYA DEL CARMEN NELO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V– 12.509.323 y V-15.384.422 respectivamente.- el YONNY ANTONIO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V – 9.985.862, asistidos por los abogados DOUGLAS COROMOTO OSMA PULIDO y ELY SAUL BERRIOS SOLER, inscritos en los Inpreabogado bajo los Nros 144.654 y 205.776, en su orden. Así se decide.-
Déjese transcurrir el lapso de cinco (05) días de Despacho a los efectos previstos en el artículo 69 Ejusdem.
En virtud de la naturaleza del p.....