Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: VICTOR BAUTISTA OSORIO MENDEZ y BLANCA YADIRA TORO DE OSORIO, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial que ambos contrajeron el día 10 de noviembre de 1.984, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Ciudad Bolivia, del Distrito Pedraza del Estado Barinas, hoy día Prefectura del Municipio Pedraza del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 86, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese y Regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de l.....