En virtud de las razones fácticas y de Derecho expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, incoada por los ciudadanos: JOEL RAUL MORENO CONTRERAS y MARIANELA DEL CARMEN BEQUIS SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.278.020 y V-13.062.875, respectivamente, en consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron por ante Junta Parroquial El Carmen del Municipio Barinas, estado Barinas, el día 15 de Febrero de 2007, tal como se evidencia del acta de matrimonio Nº 10, cursante al folio (02); de las actas procesales del expediente. Queda disuelta la comunidad conyugal. ASI SE DECIDE.