D I S P O S I T I VA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el abogado, Arlo Arturo Urquiola, Fiscal Principal cuarto del Ministerio Público, contra la decisión dictada en fecha 04/11/2010, por el Tribunal 2° de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decreta medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de la libertad, consistente en Detención Domiciliaria a los imputados: José Bernardo Ramírez Azuaje y Freddy Ramírez Aguín. En consecuencia se ANULA la decisión recurrida dictada en fecha 04.11.10 por el Tribunal N° 02 de Control de este Circuito Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal y, se ordena que otro Juez o Jueza de Con.....