este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, PRIMERO: INADMISIBLE la demanda por ACCION MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA llevada en la causa EP41-V-2016-000138, interpuesta por el ciudadano JOSÉ FRANCISCO PEROZO MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nº V.-16.614.894, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE OMAR LIZARAZO CARREÑO, inpreabogado Nro. 256.697, contra la ciudadana CRISTHIAN MARYURIT DEL NAZARETH JARDIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-17.759.951, debidamente asistida por la Abogada Blanca Elena Montilla Tolosa, inpreabogado Nro. 48.065. Así se decide.