Declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA PRESENTE CAUSA, formulado por el accionante ciudadano Kaled Arawi Hajali, asistido por el abogado en ejercicio Jairo José Aranguren Piñuela, con motivo de la demanda de resolución de contrato de venta intentada en contra de la ciudadana Yolanda de Jesús Santana Garabote.
Como consecuencia de la homologación del referido desistimiento del procedimiento, se le da valor de cosa juzgada conforme a lo dispuesto en la parte final del encabezado del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.