este Juzgado Superior en lo Civil y contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el RECURSO DE NULIDAD, interpuesto por los Abogados JAIME CARMELO VILLARROEL RODRÍGUEZ y CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 28.799 y 67.616, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil P.D.V.S.A., PETRÓLEO S.A., División de Explotación y Producción, Sociedad Mercantil, filial de PETRÓLEOS DE VENEZUELA S.A., contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO BARINAS, en virtud de que la instancia se ha extinguido de pleno derecho por paralización de la causa por más de un año.