Establecido lo anterior, de conformidad con lo previsto en el articulo 566 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: SUSPENDER EL PROCESO A PRUEBA bajo los siguientes términos: SE HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio, y se DECRETA la Suspensión del Proceso a prueba en la presente causa penal seguida en contra del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto en el artículo 420, numeral segundo, en relación con el artículo 415, todos del Código Penal vigente, en perjuicio de la ciudadana MARIA ELADIA VARGAS, a quien el Ministerio Público solicitó como posible sanción las Medidas de Libertad Asistida y la Imposición de Reglas de Conducta previstas en los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica Para la Protec.....