Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO formulado por las partes, en el Cuaderno de Medidas en lo que respecta al vehículo anteriormente señalado en el juicio de PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, intentada por la ciudadana: GLADYS MARLENE MARQUEZ GOMEZ, en contra del Ciudadano: ARNALDO ARCANGEL VARELA MARTINEZ, ambos identificados en autos. En consecuencia, se suspende la Medida de Secuestro decretada por este Tribunal en fecha 13-07-2.006, ofíciese al Comandante del Cuerpo Técnico de Vigilancia de tránsito y transporte Terrestre N° 61 del Estado Táchira, a los fines de que haga entrega del vehículo al ciudadano: RAFAEL BELANDRIA PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.249.518. Líbrese oficio.
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