En consecuencia,  el Tribunal HOMOLOGA el DESISTIMIENTO, hecho por el abogado: ANTONIO ORTIZ LANDAETA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.235, en  fecha 19 de Octubre de 2006,  en los términos  contenidos en el mismo. Finalmente, el desistimiento ejercido en los términos  señalados, procede como en sentencia  en autoridad de cosa juzgada de conformidad con  lo previsto en el artículo 263 ejusdem y así se decide.-