En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: SE FIJA EL MONTO de los honorarios profesionales intimados en la suma de Bs. 96.000,00 discriminados así: .- libelo de la demanda de fecha 23 DE ABRIL DEL 2007, la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00).- diligencia de fecha 23 de abril del año 2007, mediante la cual se suministra la dirección de la Empresa demandada, en la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00).- instrumento poder otorgado en forma apud-acta de fecha 18 de mayo del año 2.007, en la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00). - Acta de inicio de Audiencia Preliminar de fecha 11 de Junio del año 2007, en la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00). - Acta.....