En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: MARIA FELIPA RAMÍREZ DE SIERRA Y JUSTO SIERRA TOLOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-9.362.217 y V-23.158.598, respectivamente; asistidos por las Abogadas en ejercicio, MIGUELINA DEL CARMEN MORENO Y YETXY HUERFANO MORENO, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 211.076 y 211.075. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio celebrado por ante la Parroquia Santa Bárbara, Del Municipi.....