Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ELOY ANTONIO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-2.501.175 contra el ciudadano FIDEL ANTONIO QUINTERO BECERRA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.790.716.
En consecuencia, se ordena pagar la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 152.318,83). Así como la Corrección Monetaria, los Intereses sobre Prestaciones Sociales e Intereses de Mora en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, a cuyos efectos se ordena experticia complementaria del fallo.
Dada la anterior declaratoria no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese.....