que en
consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto RUFINO
ANTONIO RIVAS PÉREZ, C.I N° V-4.262.787, a su esposa ANA SOLEDAD VERA CARRILLO e
hija se omite, de 17 años de edad, DEJANDOSE A SALVO EVENTUALES
DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvase original con sus resultas a los solicitantes. Anótese
su salida en los libros respectivos. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez
Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg. Yolanda F. Guerrero y Secretario
(a). En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la
Secretaria. Quien suscribe La secretaria del este Tribunal Primero de Primera Instancia de
Mediación y Sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es
copia fiel y exacta de sus originales, cursantes al ~B´~ MD11-J-2013-000136, todo de
conformidad con el artículo 112 del Código de proced;ítÍi~Mi0~ci)I~~?,<´.
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