En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación del acta de nacimiento de la solicitante: BERTA HELENA DE CESARE DE PARRA, Registro Civil del Municipio Rojas, Parroquia Santa Rosa, del Estado Barinas, bajo el Nº 04, folio 04 (1.933),
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena rectificar y asentar en el acta en cuestión, en lo relativo de que se rectifique el nombre de la solicitante aparece asentado el nombre como VERTA ELENA, siendo esto incorrecto, ya que el verdadero nombre es BERTHA ELENA, siendo lo correcto;
TERCERO: No se ordena la notificación de las partes por cuanto la decisión fue dictada dentro del lapso de.....