De conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional, por los fundamentos de hecho, de derecho y jurisprudenciales antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decide:
PRIMERO: Se DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION (DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN) POR PERDIDA DE INTERÉS PROCESAL en el presente Juicio de demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS ocasionados por incumplimiento de contrato, intentada por el Abogado PAULO EMILIO UZCATEGUI GUERRA, I.P.S.A. Nº 31.007, actuando con carácter de apoderado judicial del ciudadano ANDRI RODOLFO RUTIGLIANO GARAVITO, venezolano, cedula de identidad Nº V-10.012.908; contra los ciudadanos WILLIAN ALEXANDER CHAVEZ ORTEGA y SORAYA MARGARITA HURTADO DE CHAVEZ, venezolanos, cedulas de identidad Nº 5.641.506 y 5.647.740, en su orden......