en esta misma fecha este Tribunal de Control Acuerda la solicitud de Sobreseimiento de conformidad con lo establecido en el Art. 318 Numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, solicitado por el Ministerio Publico a favor del Imputado JORGE ESPINOZA MORENO, por la comisión del delito Incendio previsto y sancionado en el Art. 344 del Código Penal, en perjuicio Iglesia San Pedro de Barinitas Municipio Bolivar Estado Barinas, en virtud de que concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad . Se acuerda notificar al Párroco de la Iglesia San Pedro de Barinitas del Municipio Bolivar de la presente decisión