declara como únicos y universales herederos del de-cujus Arquímedes Senen Medina, a la solicitante ciudadana Silvia Rosa Flores de Medina, antes identificada, y a los ciudadanos Milanyela del Valle, Arquímedes Senen, Juan Carlos, Julio César, Katiusca María y José Gregorio, todos Medina Flores, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.946.959, 14.340.049, 14.340.050, 14.340.051, 18.771.973 y 19.350.492, respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros.