DECISION
Así pues, en base a la línea de argumentación ampliamente explanada en la parte motiva de la presente medida y en torno al articulado legal y constitucional supra reseñado en la misma, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a fin de prestar una tutela preventiva e idónea, decide:
PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer el presente asunto.
SEGUNDO: se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA OPOSICIÓN a la MEDIDA AUTONOMA DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGROALIMENTARIA, solicitada por el ciudadano LEONARD MIGUEL PEÑA CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad № V-18.953.881, sobre un lote de terreno denominado "FUNDO LA GUERRERA" ubicado en el Sector Caño Bravo, Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Barinas, presuntamente con una extensión aproximada de CUARENTA Y UN HECTAREAS CON 522.....